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¿Quién tiene jurisdicción? Un tribunal austriaco considera la prestación de servicios según el derecho de la UE

Autor: Klaus Oblin

El 30 de julio de 2013 el Tribunal Supremo dictaminó(1) que en las decisiones con jurisdicción internacional, el término "servicios" debe interpretarse mediante el uso de la legislación de la Unión Europea en su conjunto, de manera que abarque todos los contratos que cubran el logro de un determinado resultado fáctico a cambio de un pago. Para la delimitación en relación con los contratos de trabajo, no deben abarcar una obligación cuando la realización de la actividad en sí es el objeto del contrato.

Marco legal

El artículo 5.1 del Reglamento Bruselas I de la UE (44/2001) debe interpretarse abiertamente y sólo requiere una delimitación para los contratos que pertenecen a materias especiales (por ejemplo, los contratos de seguros, de consumo o de trabajo). El término jurídico europeo para los contratos de servicios abarca los contratos de servicios, los contratos de agencia, los contratos de agentes y corredores comerciales, los contratos de franquicia y distribución, los contratos mixtos y otros, siempre que contengan el elemento esencial de una actividad.

El lugar de cumplimiento, que (según el artículo 5.1.b) del reglamento) establece la competencia, debe determinarse de manera autónoma y con la ayuda de criterios fácticos y no jurídicos.

Decisión

El demandante había argumentado que el demandado había aceptado la obligación de crear una organización de distribución y de realizar otras tareas diversas. Sobre esta base, el Tribunal Superior dictaminó que los tribunales inferiores habían tenido razón al clasificar la reclamación monetaria en virtud de este acuerdo como una reclamación que había surgido de un contrato de servicios en el sentido del artículo 5 1) b) del reglamento.

El tribunal sostuvo que el lugar de cumplimiento es el único factor de conexión para cualquier reclamación derivada de un contrato de compra o de servicios, y por lo tanto también para todas las reclamaciones contractuales secundarias. La jurisdicción se determina en base a la información de la demanda, a menos que el tribunal ya sea consciente de que esta información es errónea. No tiene importancia que el objeto de la demanda no sea la obligación contractual principal o una reclamación por daños y perjuicios (como se había reclamado en el procedimiento de la orden de pago), sino la devolución del saldo de la cuenta corriente que había quedado en poder del demandado. El tribunal sostuvo que el legislador europeo había tenido la intención de que la determinación autónoma del lugar de cumplimiento concentrara la jurisdicción de todas las controversias contractuales en un solo lugar y creara una jurisdicción única para todas las demandas que surgieran en relación con el mismo contrato.

Comentario

El término "servicios" debe interpretarse de manera que abarque cualquier contrato que cubra la obtención de un determinado resultado, en contraposición a la mera realización de una actividad, como en un contrato de trabajo.

Notas finales

1) Caso 8 Ob 67/13f.